Proyecto de ley de víctimas es discriminatorio contra las parejas del mismo sexo

Días antes de la marcha del orgullo LGBT en el 2007, las FARC asesinaron a los diputados del Valle. La marcha abrió con esta pancarta en memoria y solidaridad con las víctimas y su familiares
La Unidad Nacional ha empezado a mostrar su talante homofóbico. 


Primero fue el honorable senador Roy Barreras quien aseguró que no podría permitirse bajo ningún motivo la adopción de parejas del mismo sexo. Ahora el Partido Conservador demostró que ellos también pueden hacer valer sus rosarios y eliminar cualquier pequeño paso para avanzar en la igualdad. Esta vez en uno de los proyectos bandera del gobierno de Santos: la ley de víctimas. 


El Gobierno de Santos presentó un proyecto de ley sugerido por el Partido Liberal, el cual incluía en la definición de víctima a las parejas del mismo sexo. Esta inclusión se hizo en concordancia con la sentencia C-029 de 2009 en la cual se amplió la protección de los derechos de parejas del mismo sexo quienes sufrieran daños en su calidad de víctima, por ejemplo en lo relacionado a la ley de justicia y paz, la ley de desplazamiento forzado y los beneficios y derechos de las personas secuestradas o desaparecidas. En el proyecto presentado por el Gobierno se afirmaba: 
"El presente Proyecto, con el objetivo de otorgar igualdad real y en consonancia con la realidad actual de nuestro país y los estándares internacionales, también incorpora el reconocimiento de los derechos de las parejas del mismo sexo en la definición de víctima a fin de no mitigar sus prerrogativas a la atención y reparación integral".
Y el artículo 21 establecía: "Son víctimas el cónyuge, compañero o compañera permanente, o pareja del mismo sexo y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil de la víctima directa, cuando a ésta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida".
En la ponencia radicada hoy (3 de noviembre) puede verse el triunfo de la homofobia en pos de la unidad. El Partido Conservador exigió retirar a las parejas del mismo sexo y por esta razón no serán consideradas como víctimas. En otras palabras si un gay o lesbiana perdió a su pareja del mismo sexo como consecuencia del conflicto armado, no tendrá reconocimiento en esta ley. Algunos representantes como Guillermo Rivera, Jorge Gomez y Alfonso Prada firmaron la ponencia y salvaron su voto sobre este artículo. Finalmente la definición de víctima en la ponencia radicada quedo así:
"Artículo 3: (...) Son víctimas el cónyuge, compañero o compañera permanente y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil de la víctima directa, cuando a ésta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida".
La exclusión de las parejas del mismo sexo es tan burda que ni siquiera se adecuó la exposición de motivos (en la cual se afirma la inclusión de las parejas del mismo sexo), ni se dio justificación a la modificación del proyecto original. 


El Congreso de la República demuestra con esto una clara intención de discriminar. 


Un asalto a la igualdad que hace que el proyecto de ley de víctimas tenga su primera demanda asegurada por no incluir a todas las víctimas sin discriminación. 



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